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A partir del año 2020, las deducciones fiscales para donativos a entidades declaradas de utilidad pública son las siguientes:
Deducción a Personas Físicas (IRPF). 2020 y posteriores
| Primeros 150 € | 80% |
| Resto | 35% |
| Donaciones plurianuales (a la misma entidad durante como mínimo 3 años) > 150€ | 40% |
| Límite deducción base liquidable | 10% |
Leer más: Informació d’interès per als donants
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